El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre la empresa y trabajadores para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.
Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores y deben estar integrados por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores.
Sus principales funciones son:
Representantes titulares de la empresa :
Representantes titulares de los trabajadores:
La Ley Karin modifica el código del trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo. La conformación de un comité que colabore con la implementación de esta Ley, establece una responsabilidad que ya ha sido conformada en nuestro establecimiento, quien cumplirá con los siguientes objetivos:
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